lunes, 29 de agosto de 2022

EL ESPACIO 81

PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO (y arbitrariedades)

Con fecha del 28 de julio de 2022, la dirección de RRHH facilitó el Plan de trabajo a distancia por eficiencia energética de la FNMT-RCM que se va a enviar a Función Pública para su aprobación.

El Comité de Empresa lo recibió con un retraso más que considerable desde la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros el pasado 25 de mayo, con el agravante de la experiencia acumulada durante 2 años y medio de aplicación de Teletrabajo y de Trabajo en Remoto en muchas áreas y departamentos.

A la vista del mismo, el 29 de julio se requirió con urgencia unas aclaraciones antes de su envío a  Función Pública, por la aparente arbitrariedad aplicada.

Se han pedido explicaciones en los siguientes puntos:

1.- En el Departamento de Informática no se justifica el criterio de aplicación (sólo 1 día a la semana de Teletrabajo), cuando en el propio Acuerdo explicita que debe estar fundamentado la no aplicación del criterio general (3 días de Teletrabajo).

2.- Indican que sólo hay un trabajador en Fábrica que continúa realizando 3 días de Teletrabajo por conciliación, cuando en el resto de solicitudes de conciliación no se ha aceptado la aplicación de esa medida "por no estar regulado el Teletrabajo y no existir base legal que lo sustente", pero sí que se incluye este caso particular dentro del Plan de Ahorro Energético para obtener autorización expresa por parte de Función Pública.

Un mes después seguimos esperando las oportunas aclaraciones y deseamos que RRHH rectifique y no se convierta, de facto, en un Reino de Taifas. 

Semejantes injustas arbitrariedades, de confirmarse, serían indecentes y provocarían una falta de credibilidad y seriedad de la que no va muy sobrado actualmente RRHH.


Subidas salariales automáticas

El pasado jueves 21 de julio se publicó en el BOE la Resolución de 4 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta complementaria sobre retribuciones salariales de 2020 y de modificación del XI Convenio colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

Por la cuál se pondrá fin al sinsentido de tener que pedir autorización explícita, todos los años, a Costes de Personal del MEH para poder aplicar la subida salarial recogida cada año, en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado, con los consiguientes retrasos en el cobro.

Se amplía el artículo 35, cuyo último párrafo ya no tiene sentido de ser al estar publicado en el BOE:

«Los acuerdos adoptados en este documento tienen carácter provisional, no resultando de aplicación hasta que sean aprobados por los organismos competentes.»

La resolución de esta demanda histórica se inició en tiempos de la anterior Presidenta (Lidia Sánchez) y se ha materializado ahora con la actual Presidenta (María Isabel Valldecabres).

Es justo reconocer como un logro de la nueva Presidenta, ya que a todos los efectos es la única medida de mejora aplicada a los trabajadores de Fábrica tras un año en el cargo.