martes, 20 de septiembre de 2022

EPS OPINA 197

SIEMPRE, SIEMPRE, AL REVÉS

El pasado miércoles, 14 de septiembre, se aprobó la Resolución de la Subsecretaria por la que se aprueba el plan de trabajo a distancia en el Ministerio de Hacienda y Función Pública en el marco del Plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado y las entidades del sector público institucional estatal.

Coincidió en el tiempo con la reunión para solucionar la situación de bloqueo del Plan de Ahorro  Energético para la FNMT-RCM. Asistieron, entre otr@s: la Presidenta-Directora General (María Isabel Valldecabres Ortiz) y la Directora de RRHH-Secretaria General (Laura Díez Herrero), con la Subsecretaria de Hacienda (María del Pilar Paneque Sosa).


La dirección ha transmitido el resultado de la reunión al Comité de Empresa en estos términos:

- El trabajo a distancia no es teletrabajo. Muchos trabajadores llevan teletrabajando (pueden desempeñar todas sus funciones) desde el inicio de la pandemia Covid, allá por marzo de 2020.

- El trabajo a distancia no es ni un derecho ni una medida de conciliación, salvo que te vayas a jubilar este año. Así sí se puede aplicar y pedir autorización expresa a Función Pública... a posteriori.

- La modalidad de trabajo a distancia que se nos establece con carácter general actualmente es la de dos días de trabajo a distancia y tres presenciales. La Resolución indica expresamente 3 días en modalidad de trabajo a distancia con carácter general.

- Los días de teletrabajo deberían ser fijos y alternos. En la Resolución no se indica ninguna limitación, salvo las lógicas que garanticen el mantenimiento del servicio.

- Las jefaturas y mandos NO podrán adherirse al trabajo a distancia. Decisión arbitraria y subjetiva que desde EPS no compartimos. En 2 años y medio de experiencia se ha visto que muchas jefatura sí han sido capaces de supervisar, con nota, la labor de los trabajadores a su cargo.

En resumen: quieren interpretar la norma a su manera, aunque se incumpla la propia Resolución (máximo de 2 días de trabajo a distancia), se inventan requerimientos no incluidos (días inamovibles y discontinuos) y quieren aplicar criterios ilógicos (sólo martes y jueves). Es difícil hacerlo peor.

No nos merecemos este equipo directivo.
¿Cuándo tienen previsto marcharse?

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