jueves, 16 de julio de 2020

EL ESPACIO 73

Teletrabajo en la Administración Pública

Resolución del Secretario de Estado de política territorial y función pública de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado con motivo de la nueva normalidad.

Objeto. Personal al servicio de la Administración General del Estado en la fase de nueva normalidad.

Modalidad no presencial de prestación del servicio. Se deberá compaginar con una modalidad presencial de la siguiente forma:

- Hasta un 20% de la jornada semanal en el caso de los colectivos priorizables definidos en el presente apartado.
- Un mínimo de un 20% de la jornada semanal para el resto del personal.

La modalidad no presencial tendrá carácter voluntario y podrá ser reversible por razones de carácter organizativo y de necesidades del servicio, por solicitud de la empleada o empleado público, o bien si variasen las circunstancias que motivaran el disfrute de esta modalidad.
...
En todo caso, se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidad no presencial para las empleadas y empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos en cada momento por las autoridades sanitarias competentes como grupos vulnerables para la COVID-19.

Igualmente, se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para las empleadas y empleados públicos:

a) Que tengan a su cargo menores de hasta 14 años.
b) Que tengan a su cargo personas mayores, dependientes o con discapacidad, afectados por el cierre de centros de servicios sociales de carácter residencial y centros de día.


Flexibilización horaria. Cada departamento deberá  autorizar la flexibilización horaria correspondiente a cada caso, con independencia de la modalidad de prestación de servicios, con preferencia de fórmulas de jornada continuada.

Reuniones. Con carácter general las reuniones de trabajo se celebrarán mediante audioconferencia
o videoconferencia evitándose en lo posible las reuniones presenciales.



MODERNIZACIÓN DE LA FNMT

La FNMT está sustentada por dos grandes pilares.

Primeramente la parte fabril, que debe avanzar hacia una necesaria tecnificación tanto por los cambios que se vienen produciendo a nivel tecnológico, como por los productos que evolucionan, por ejemplo hacia la impresión digital.

Se debe abandonar la fase 0 tecnológica y llegar a la fase 1 en la que los operarios se convierten en técnicos, con todos los cambios asociados, tanto tecnológicos, formativos, de cultura de empresa, de la propia actividad con diferentes atribuciones y sus procedimientos de trabajo asociados, y hasta cambiando el abanico de productos ofertados a las diferentes Administraciones Públicas y empresas privadas.

El otro pilar fundamental se encuentra ya en esa fase 1 tecnológica, formado por productos y servicios tecnológicos (tacógrafo, certificados digitales, etc.) y diversas áreas y departamentos (Planificación, I+D+i, etc.), incluso dentro de la parte fabril, que tienen que avanzar de fase tecnológica actual (fase 1) a la fase 2.

Esta nueva fase se caracteriza por convertirnos en una empresa tecnológica del siglo XXI; el desarrollo de las actividades por objetivos; donde los planes de contingencia prevean, dimensionen y materialicen las necesidades tecnológicas necesarias para paliar situaciones como la actual crisis; las actividades no estarán sujetas al “presencialismo”, justificado únicamente por la existencia de mandos intermedios; y para que las medidas de conciliación no sean meros parches, ya que se convertirán en realidad.

Los Reales Decretos promulgados por el Gobierno a lo largo de la crisis actual, las instrucciones de Sanidad e incluso las diferentes resoluciones dentro del ámbito de las administraciones públicas dependientes de la Administración General del Estado, han sentado las bases de algunos de estos avances. ¡Aprovechemos esa sinergia

No hay comentarios:

Publicar un comentario