Acción social y financiación del Grupo de Empresa
El grupo de empresa es una institución, dentro de fábrica, ya veterana. Más de 40 años de funcionamiento sin grandes cambios estatutarios, aún sostiene una parte importante de su financiación en base a la partida de la acción social.
El concepto de acción social en sí mismo no resulta especialmente chocante, por cuanto se refiere a un dinero, que no requiere de su devolución y que se destina a un uso asistencial y cultural (en sentido amplio).
Sin embargo, a todo esto se contrapone un prejuicio aplicado desde finales del año pasado: Hay que ser socio para poder disfrutar de las ventajas del Grupo de Empresa.
La Acción Social no puede condicionarse, en ninguna proporción, a la condición de membrecía de un club privado, aunque tenga carácter social. Nos tememos que, si se mantiene esta condición restrictiva en 2020, tal partida podría ser cuestionada legalmente, circunstancia que EPS no desea.
Tampoco es cierto, como se dice estos días, que no hay necesidades médicas especiales para asignar ese dinero. El año pasado, hemos visto a compañeros/as con tremendos problemas económicos para hacer frente a enfermedades propias o de familiares directos y que apenas han dispuesto de ningún tipo de ayuda. Existen actas de la Comisión de Relaciones Humanas y Sanidad que así lo demuestran.
Es decir, la partida de Acción Social/2020 debe ser destinada, prioritariamente, con el procedimiento que se determine, a paliar situaciones de emergencia social o de salud general.
Adjuntamos propuesta que puede servir de base para su discusión.
Respecto del Grupo de Empresa, la propuesta de EPS es que la financiación adicional la consiga de los fondos propios del Área de Responsabilidad Social Corporativa de la FNMT.
Según esta disciplina que empieza a implantarse en gran cantidad de empresas y que la fábrica ha adoptado de forma pionera hace unos años, las empresas gastan parte de sus beneficios en devolver (compensar) a la sociedad parte de los recursos que utilizan.
El dinero se destina a proyectos que revierten en sus grupos de interés, entre los cuales, se encuentran los trabajadores.
La distribución de recursos, los plazos de aplicación, la evaluación de resultados, etc. podrían dar lugar a la renovación de estatutos, que a fecha de hoy ya se propone desde el mismo Grupo de Empresa.
PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN ACCIÓN SOCIAL
Dentro de las necesidades a cubrir de los trabajadores de la FNMT, desde EPS entendemos que se deben priorizar las más acuciantes sobre las que no lo son tanto. Atendiendo a este criterio se propone distribuir la partida de Acción Social de 2020 (alrededor de 59.000 euros) en el siguiente orden:
1º Ayudas para gastos por gran discapacidad.
2º Ayudas para gastos por razón de salud:
- Medicamentos o tratamientos contra dolores agudos.
- Medicamentos o autovacunas de recuperación tras intervenciones quirúrgicas.
- Medicamentos o complementos dietéticos obligatorios
(intolerancias, próstata, …).
3º Ayudas para gastos por discapacidades menores:
Audífonos, lentes correctivas, plantillas u otros elementos ortopédicos, no cubiertos por la Seguridad Social que mejoren la calidad de vida de los trabajadores, su cónyuge e hijos que formen parte de la unidad familiar. Igualmente, este grupo se hace extensible a las operaciones de corrección visual y cualquier otra cirugía que permita la eliminación de cualquiera de los elementos anteriores
4º Otras prestaciones (Grupo de Empresa, …).
Dentro de cada nivel se considerarán prioritarios los gastos permanentes sobre los gastos puntuales y los gastos mayores sobre los menores.
El grupo de empresa es una institución, dentro de fábrica, ya veterana. Más de 40 años de funcionamiento sin grandes cambios estatutarios, aún sostiene una parte importante de su financiación en base a la partida de la acción social.
El concepto de acción social en sí mismo no resulta especialmente chocante, por cuanto se refiere a un dinero, que no requiere de su devolución y que se destina a un uso asistencial y cultural (en sentido amplio).
Sin embargo, a todo esto se contrapone un prejuicio aplicado desde finales del año pasado: Hay que ser socio para poder disfrutar de las ventajas del Grupo de Empresa.
La Acción Social no puede condicionarse, en ninguna proporción, a la condición de membrecía de un club privado, aunque tenga carácter social. Nos tememos que, si se mantiene esta condición restrictiva en 2020, tal partida podría ser cuestionada legalmente, circunstancia que EPS no desea.
Tampoco es cierto, como se dice estos días, que no hay necesidades médicas especiales para asignar ese dinero. El año pasado, hemos visto a compañeros/as con tremendos problemas económicos para hacer frente a enfermedades propias o de familiares directos y que apenas han dispuesto de ningún tipo de ayuda. Existen actas de la Comisión de Relaciones Humanas y Sanidad que así lo demuestran.
Es decir, la partida de Acción Social/2020 debe ser destinada, prioritariamente, con el procedimiento que se determine, a paliar situaciones de emergencia social o de salud general.
Adjuntamos propuesta que puede servir de base para su discusión.
Respecto del Grupo de Empresa, la propuesta de EPS es que la financiación adicional la consiga de los fondos propios del Área de Responsabilidad Social Corporativa de la FNMT.
Según esta disciplina que empieza a implantarse en gran cantidad de empresas y que la fábrica ha adoptado de forma pionera hace unos años, las empresas gastan parte de sus beneficios en devolver (compensar) a la sociedad parte de los recursos que utilizan.
El dinero se destina a proyectos que revierten en sus grupos de interés, entre los cuales, se encuentran los trabajadores.
La distribución de recursos, los plazos de aplicación, la evaluación de resultados, etc. podrían dar lugar a la renovación de estatutos, que a fecha de hoy ya se propone desde el mismo Grupo de Empresa.
PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN ACCIÓN SOCIAL
Dentro de las necesidades a cubrir de los trabajadores de la FNMT, desde EPS entendemos que se deben priorizar las más acuciantes sobre las que no lo son tanto. Atendiendo a este criterio se propone distribuir la partida de Acción Social de 2020 (alrededor de 59.000 euros) en el siguiente orden:
1º Ayudas para gastos por gran discapacidad.
2º Ayudas para gastos por razón de salud:
- Medicamentos o tratamientos contra dolores agudos.
- Medicamentos o autovacunas de recuperación tras intervenciones quirúrgicas.
- Medicamentos o complementos dietéticos obligatorios
(intolerancias, próstata, …).
3º Ayudas para gastos por discapacidades menores:
Audífonos, lentes correctivas, plantillas u otros elementos ortopédicos, no cubiertos por la Seguridad Social que mejoren la calidad de vida de los trabajadores, su cónyuge e hijos que formen parte de la unidad familiar. Igualmente, este grupo se hace extensible a las operaciones de corrección visual y cualquier otra cirugía que permita la eliminación de cualquiera de los elementos anteriores
4º Otras prestaciones (Grupo de Empresa, …).
Dentro de cada nivel se considerarán prioritarios los gastos permanentes sobre los gastos puntuales y los gastos mayores sobre los menores.
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