Victoria de la Transparencia
EPS ha conseguido que prevalezca el derecho a la transparencia de los salarios públicos, frente a la opacidad y oposición inicial de la FNMT.
Han sido un año de dura pelea administrativa, que han dado sus frutos. La gráfica de abajo representa los salarios medios agrupados por categorías profesionales, siendo la columna 1 la alta dirección, la 2 los directores de segundo nivel y la número 3 los jefes de servicio. La escala expresada en miles de euros.
En la gráfica de la derecha encontramos el rango salarial (valor máximo y mínimo), agrupado también por categoría profesional, estando la escala expresada en euros.
Además la dirección de la FNMT, con el Director General a la cabeza, se ha comprometido a publicar anualmente los salarios de todos los trabajadores fuera de convenio, en los mismos términos como se hace con el resto de los trabajadores de la FNMT.
Por fin se cumple esta justa reivindicación histórica con la plantilla.
EPS denuncia presunta prevaricación
El pasado jueves 22 de octubre, EPS presentó escrito de denuncia, por existir indicios de presunta prevaricación en el proceso de creación de Imbi S.A. Presentado ante la Subsecretaria de Hacienda, la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas y la Fiscal General del Estado.
Vemos indicios de incumplimiento del artículo 31 de la CE, donde se indica:
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
Consideramos que no se estará aplicando criterios de eficiencia por:
- La no existencia de razones justificadas y suficientes para la creación de la sociedad, al poder asumir esas funciones otra entidad ya existente.
- El enorme impacto generado para la FNMT-RCM. La quiebra que se produciría en el "know how" de FNMT -RCM supondría la pérdida de su identidad empresarial y la puesta en peligro de su viabilidad futura al perder la sinergia tecnológica que la fabricación de billetes genera con otros productos.
- La existencia de un informe jurídico, solicitado por la Dirección de FNMT -RCM a un prestigioso bufete de abogados, donde se contemplan otras alternativas sin necesidad de la creación de una sociedad mercantil por parte del BdE, que permitiría mantener un control efectivo del BdE sobre la actividad de la FNMT-RCM y por tanto cumplir los requerimientos del Banco Central Europeo.
- La no existencia de un análisis que justifique que la forma jurídica propuesta resulta más eficiente que continuar con la entidad ya existente. La eficacia de la nueva sociedad Imbi S.A. se puede medir cuantitativamente y supondrá un importante incremento del coste del billete.
- La FNMT-RCM es una empresa solvente, con unos 1500 trabajadores distribuidos en diversos centros de trabajo en diversas localidades y provincias, y que dispone de varios departamentos que fabrican diferentes productos de seguridad (DNle, Pasaportes, Tarjetas, etc.) y prestan servicios de seguridad (notificación electrónica, digitalización certificada, trasporte seguro, etc.), que aprovecha las sinergias existentes optimizando los recursos.
- La valoración de activos a segregar, para su posterior adquisición por parte del BdE, ha sido realizada por una empresa privada Ernst&Young y no ha sido validada por un experto independiente, pudiendo suponer una importante pérdida patrimonial para el Estado, debido a una insuficiente valoración económica.
- Los costes de imbi S.A. se encarecen con la contratación de diversos servicios de consultoría realizados por parte del Banco de España, que serán imputados en la nueva sociedad, justificándolos con la necesidad de asesoría externa en el proceso de implantación, cuando la FNMTRCM atesora años de experiencia en gestión industrial.
- La creación de una estructura de jefaturas y directivos sobredimensionada, que duplica la ya existente en la FNMT-RCM, pero engordándola sin sentido en Imbi S.A. (dispone de 4 Directores Generales para una plantilla de unos 250 trabajadores).
También se incumplirá el artículo 103 de la CE, donde afirma:
1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
Por todo ello, EPS considera que hay serios indicios de un presunto delito de prevaricación, que debe ser investigado por la Fiscalía General.
EPS ha conseguido que prevalezca el derecho a la transparencia de los salarios públicos, frente a la opacidad y oposición inicial de la FNMT.
Han sido un año de dura pelea administrativa, que han dado sus frutos. La gráfica de abajo representa los salarios medios agrupados por categorías profesionales, siendo la columna 1 la alta dirección, la 2 los directores de segundo nivel y la número 3 los jefes de servicio. La escala expresada en miles de euros.
En la gráfica de la derecha encontramos el rango salarial (valor máximo y mínimo), agrupado también por categoría profesional, estando la escala expresada en euros.
Además la dirección de la FNMT, con el Director General a la cabeza, se ha comprometido a publicar anualmente los salarios de todos los trabajadores fuera de convenio, en los mismos términos como se hace con el resto de los trabajadores de la FNMT.
Por fin se cumple esta justa reivindicación histórica con la plantilla.
EPS denuncia presunta prevaricación
El pasado jueves 22 de octubre, EPS presentó escrito de denuncia, por existir indicios de presunta prevaricación en el proceso de creación de Imbi S.A. Presentado ante la Subsecretaria de Hacienda, la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas y la Fiscal General del Estado.
Vemos indicios de incumplimiento del artículo 31 de la CE, donde se indica:
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
Consideramos que no se estará aplicando criterios de eficiencia por:
- La no existencia de razones justificadas y suficientes para la creación de la sociedad, al poder asumir esas funciones otra entidad ya existente.
- El enorme impacto generado para la FNMT-RCM. La quiebra que se produciría en el "know how" de FNMT -RCM supondría la pérdida de su identidad empresarial y la puesta en peligro de su viabilidad futura al perder la sinergia tecnológica que la fabricación de billetes genera con otros productos.
- La existencia de un informe jurídico, solicitado por la Dirección de FNMT -RCM a un prestigioso bufete de abogados, donde se contemplan otras alternativas sin necesidad de la creación de una sociedad mercantil por parte del BdE, que permitiría mantener un control efectivo del BdE sobre la actividad de la FNMT-RCM y por tanto cumplir los requerimientos del Banco Central Europeo.
- La no existencia de un análisis que justifique que la forma jurídica propuesta resulta más eficiente que continuar con la entidad ya existente. La eficacia de la nueva sociedad Imbi S.A. se puede medir cuantitativamente y supondrá un importante incremento del coste del billete.
- La FNMT-RCM es una empresa solvente, con unos 1500 trabajadores distribuidos en diversos centros de trabajo en diversas localidades y provincias, y que dispone de varios departamentos que fabrican diferentes productos de seguridad (DNle, Pasaportes, Tarjetas, etc.) y prestan servicios de seguridad (notificación electrónica, digitalización certificada, trasporte seguro, etc.), que aprovecha las sinergias existentes optimizando los recursos.
- La valoración de activos a segregar, para su posterior adquisición por parte del BdE, ha sido realizada por una empresa privada Ernst&Young y no ha sido validada por un experto independiente, pudiendo suponer una importante pérdida patrimonial para el Estado, debido a una insuficiente valoración económica.
- Los costes de imbi S.A. se encarecen con la contratación de diversos servicios de consultoría realizados por parte del Banco de España, que serán imputados en la nueva sociedad, justificándolos con la necesidad de asesoría externa en el proceso de implantación, cuando la FNMTRCM atesora años de experiencia en gestión industrial.
- La creación de una estructura de jefaturas y directivos sobredimensionada, que duplica la ya existente en la FNMT-RCM, pero engordándola sin sentido en Imbi S.A. (dispone de 4 Directores Generales para una plantilla de unos 250 trabajadores).
También se incumplirá el artículo 103 de la CE, donde afirma:
1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
Por todo ello, EPS considera que hay serios indicios de un presunto delito de prevaricación, que debe ser investigado por la Fiscalía General.
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